°. La Sociedad tendrá un Gerente de libre nombramiento y remoción por la Junta Directiva, con voz pero sin voto en las deliberaciones de ésta. El nombramiento del Gerente deberá contar con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros que compongan la Junta Directiva. Los otros nombramientos se harán como lo prevean los Estatutos.
No podrá ser Gerente o Subgerente de la Sociedad o de cualquiera de sus sucursales ningún funcionario público asalariado al servicio del Gobierno. Tampoco podrá ser miembro de la Junta Directiva el que ejerza funciones de Gerente, Director o empleado dé otra Sociedad o Empresa de Telecomunicaciones. Ni los miembros de la Junta Directiva podrán ser parientes entre sí, ni con el Gerente o Subgerente dentro del tercer grado civil de consanguinidad o segundo grado de afinidad, ni socios colectivos o comanditarios de una misma firma social.