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Artículo 2

Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguiente Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1968: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Hacienda Y Credito Publico -Deuda Publica Nacional- Capítulo 095 División De Crédito Público

Decreto 2425 de 1968 · por el cual se hace un contracrédito y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Deuda Pública Nacional-), por $ 5.840.000.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguiente créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO -DEUDA PUBLICA NACIONAL- CAPÍTULO 095 División de Crédito Público. PROGRAMA 361 Deuda Externa. Documentos a la orden. Banco Interamericano de Desarrollo. Préstamos BID 174/SE-CO y 11/CO-CO. 510. Artículo 1133A. Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo de Washington, de acuerdo con los contratos de préstamo de abril 21 de 1968, celebrados entre la República de Colombia y el Banco Interamericano para financiar un programa de estudios de pre-inversión por conducto del Departamento Administrativo de Planeación, en virtud de las autorizaciones de las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965 y 26 de 1967 y el Decreto 574 de 1968, así: 302-505. 1º Intereses 1.195.000 303-511. 2º Comisiones y gastos 5.000 1.200.000 Banco Interamericano de Desarrollo. Préstamo BID 182/SF-CO. 510. Artículo 1133-B. Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo de Washington, de acuerdo con el contrato de préstamo de abril 21 de 1968, celebrado entre la República de Colombia y dicho Banco, para financiar un proyecto de construcción y mejoramiento de la Carretera Troncal Transversal del Caribe, en virtud de las autorizaciones de las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962, 12 de 1965 y 26 de 1967 y el Decreto 567 de 1968, así: 302-505. 1º Intereses 3.890.000 303-511. 2º Comisiones y gastos 10.000 3.900.000 Agencia Internacional para el Desarrollo. 510. Artículo 1133-C. Servicio que corresponde atender al Gobierno Nacional por mayor valor en el cambio promedio compensado, de acuerdo con los convenios de préstamos y de pago celebrados entre la Agencia Internacional para el Desarrollo (AID), de Washington, varias entidades del sector público y la República de Colombia, en virtud de las Leyes 123 de 1959, 9ª de 1962 y 12 de 1965, así: 302. 505 1º Intereses 740.000 740.000 Suman los créditos 5.840.000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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