La Prima de Navidad a favor de los servidores en obras públicas nacionales, cuyas asignaciones se atienden con partidas globales de la Sección de la Ley de gastos al Ministerio de Obras Públicas, se pagará por el referido Despacho con cargo a la apropiación global del respectivo servicio, en los casos en que hubiere lugar a ello.
Decreto 381 de 1957 →Vigente
Artículo 11
La Prima De Navidad A Favor De Los Servidores En Obras Públicas Nacionales, Cuyas Asignaciones Se Atienden Con Partidas Globales De La Sección De La Ley De Gastos Al Ministerio De Obras Públicas, Se Pagará Por El Referido Despacho Con Cargo A La Apropiación Global Del Respectivo Servicio, En Los Casos En Que Hubiere Lugar A Ello
Decreto 381 de 1957 · sobre Presupuesto Nacional de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1º de enero a 31 de diciembre de 1958.
01
El texto del artículo
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02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.