Micelio

Artículo 14

Mientras Se Organiza En El Hospital Militar Central, El Servicio Para Mujeres, La Dirección Del Servicio De Sanidad Puede, Mediante Contratos, Hospitalizar Esta Clase De Enfermos Que Presten Sus Servicios En Las Fuerzas Militares, En Hospitales O Clínicas Particulares

Decreto 2254 de 1941 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sanitarias y se reglamenta el Decreto número 1307 de 1932

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mientras se organiza en el Hospital Militar Central, el servicio para mujeres, la Dirección del Servicio de Sanidad puede, mediante contratos, hospitalizar esta clase de enfermos que presten sus servicios en las Fuerzas Militares, en hospitales o clínicas particulares.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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