Micelio

Artículo 2

El Director Administrativo Provisional, Efectuará Los Trámites Correspondientes Para La Aprobación Y Reconocimiento De La Personería Jurídica De La Corporación Ante La Superintendencia Del Subsidio Familiar A La Cual Remitirá La Siguiente Documentación: 1

Decreto 341 de 1988 · Por el cual se reglamenta la Ley 25 de 1981 por la cual se crea la Superintendencia del Subsidio Familiar y se dictan otras disposiciones, y la Ley 21 de 1982 por la cual se modifica el régimen del subsidio familiar y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Director Administrativo provisional, efectuará los trámites correspondientes para la aprobación y reconocimiento de la personería jurídica de la corporación ante la Superintendencia del Subsidio Familiar a la cual remitirá la siguiente documentación

1.

Solicitud escrita sobre aprobación y reconocimiento de la corporación.

2.

Original y copia del acta de constitución suscrita por los constituyentes de la corporación.

3.

Estudio de factibilidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 341 de 1988