Micelio

Artículo 4

Ley 81 de 1941 · Por la cual la Nación se asocia al segundo centenario de la ciudad de Garzón y al cincuentenario de Montenegro en el Departamento de Caldas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la ejecución de estas obras, crease una Junta constituida por el Gobernador del Departamento del Huila, el Secretario de Obras Públicas Departamentales, el Alcalde de Garzón, el Presidente del Consejo y el Personero Municipal.

Parágrafo

Los fondos destinados para estas obras serán manejados por el Tesorero Municipal de Garzón, quien debe otorgar la fianza adicional que le exija la Contraloría General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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