Micelio

Artículo 27

Los Ministerios Y Departamentos Administrativos Pagarán Las Cuentas Correspondientes A Pedidos Hechas Al Departamento De Provisiones, Y A Favor De Esta Entidad, Mediante La Presentación De Los Documentos Que Comprueben Que Los Artículos Pedidos Fueron Entregados; Salvo El Caso Del Artículo 17

Decreto 251 de 1937 · Por el cual se reorganiza la Sección de Provisiones del Gobierno Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Ministerios y Departamentos Administrativos pagarán las cuentas correspondientes a pedidos hechas al Departamento de Provisiones, y a favor de esta entidad, mediante la presentación de los documentos que comprueben que los artículos pedidos fueron entregados; salvo el caso del artículo 17. Las sumas que reciba el Departamento en pago de suministros se reintegrarán al Fondo Rotativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 251 de 1937