° El otorgamiento de estas licencias estará sujeto a las siguientes condiciones
Que los artículos provengan de fabricantes, productores o distribuidores exclusivos y que se adquieran, a los precios fijados internacionalmente por los primeros;
Que se consigne en el Fondo de Estabilización una suma en dinero igual al 20% del valor de la licencia como garantía de que ésta será utilizada por una cantidad no inferior al 80% de su valor. Los comprobantes de haber utilizado la licencia deberán presentarse a la Oficina de Control de Cambios dentro de los ciento veinte (120) días siguientes al del vencimiento del plazo de validez de la misma licencia. Si así no se hiciere, el valor de la garantía se consignará por la Oficina de Control de Cambios en las Oficinas de Hacienda Nacional. De este requisito estarán exentas las entidades oficiales, semioficiales, y los de beneficencia o asistencia social:
Además, se exigirá la presentación previa de los siguientes documentos
Certificado de estar a paz y salvo con el pago de impuestos sobre la renta y complementarios;
Declaración de la renta y el patrimonio correspondiente al año gravable anterior, o certificado de haberla presentado, y
Certificado en el que conste la inscripción en la Cámara de Comercio;