En el evento en que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, a más tardar el 20 de julio del año en el cual se programe el presupuesto bienal del sistema, no disponga de la información de proyecciones de las variables requeridas para la elaboración de la Ley de Presupuesto del Sistema General de Regalías, el Departamento Nacional de Planeación podrá elaborar proyecciones para dichas variables, las cuales serán utilizadas exclusivamente para garantizar la distribución de los recursos del Sistema General de Regalías.
Las variables utilizadas para la elaboración de la Ley de Presupuesto del Sistema General de Regalías y la distribución de recursos entre fondos y beneficiarios se mantendrán durante la ejecución del respectivo presupuesto bienal del Sistema General de Regalías.