Artículo único. La partida apropiada para gastos de funcionamiento de la Banda Nacional de Músicos de Bogotá., en el Capítulo 1219, artículo 12539 del Presupuesto Nacional de la actual vigencia, se distribuye así: Comuníquese y publíquese.
Decreto 1779 de 1961 →Vigente
Artículo 12539
Del Presupuesto Nacional De La Actual Vigencia, Se Distribuye Así: Comuníquese Y Publíquese
Decreto 1779 de 1961 · Por el cual se hace la distribución de la apropiación presupuestal para gastos de funcionamiento de la Banda Nacional de Músicos de Bogotá, en el año de 1961
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.