Micelio

Artículo 6

Ley 45 de 1944 · Por la cual se declara promiscuo un Juzgado y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Hacense extensivas a los contralores departamentales las disposiciones de la ley 107 de 1943 , cuando se trata de delitos de peculado, cometidos en perjuicio de los tesoros departamentales o municipal respectivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 45 de 1944