Micelio

Artículo 510

, Del Presupuesto Nacional Vigente, "para Iniciar La Construcción De Las Estaciones Sanitarias De Cartagena Y Buenaventura," Tómanse Hasta Diez Y Siete Mil Pesos Moneda Corriente ($ 17,000), Para Contratar Con El Consejo Administrativo De Los Ferrocarriles Nacionales, Según Cálculos Aproximados Hechos Por Los Ingenieros De Dicha Entidad Y Los De Este Departamento, La Iniciación De La Construcción Del Hospital Cuarentena De Buenaventura

Decreto 1114 de 1937 · Por el cual se aprueba una resolución del Departamento Nacional de Higiene

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único , Apruébase la siguiente Resolución: "RESOLUCION NUMERO 171 DE 1937 (mayo 24) por la cual se distribuye una partida del Presupuesto Nacional vigente, El Director del Departamento Nacional de Higiene, en uso de sus atribuciones legales, RESUELVE: Artículo único. De la partida de $ 20,000, apropiados en el capítulo 78, artículo 510, del Presupuesto Nacional vigente, "para iniciar la construcción de las estaciones sanitarias de Cartagena y Buenaventura," tómanse hasta diez y siete mil pesos moneda corriente ($ 17,000), para contratar con el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales, según cálculos aproximados hechos por los ingenieros de dicha entidad y los de este Departamento, la iniciación de la construcción del Hospital Cuarentena de Buenaventura.

Parágrafo

Los tres mil pesos ($ 3,000) restantes de la apropiación del artículo 510 citado podrán emplearse oportunamente para la estación sanitaria de Buenaventura, si fuere necesario, o para iniciar la construcción de la de Cartagena, .según Resoluciones de la Dirección Nacional de Higiene, pudiendo igualmente emplearse para este último objeto otra u otras apropiaciones similares. Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1114 de 1937