Micelio

Artículo 2

Decreto 2892 de 1953 · Por el cual se suprime un cargo y se cambia la denominación de otro en el Ministerio de Obras Públicas. (Ramo de Carreteras Nacionales)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. A partir de la fecha del presente Decreto, las funciones de Contador de la Zona de Carreteras Nacionales de Corozal, serán desempeñadas por el Cajero Pagador de la misma, cuyo cargo se denominará en adelante Cajero Pagador Contador y tendrá una asignación mensual de quinientos cincuenta pesos ($ 550.00). Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2892 de 1953