Micelio

Artículo 1

Para Sustituir El Piquete Volante Existente En Juntas De Apulo, El Cual Se Manda Licenciar Por El Presente Decreto, Créase Una Sección De Gendarmería Nacional En La 3ª

Decreto 741 de 1908 · Por la cual se manda licenciar un Piquete Volante y se organiza una Sección de Gendarmería

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para sustituir el Piquete Volante existente en Juntas de Apulo, el cual se manda licenciar por el presente Decreto, créase una Sección de Gendarmería Nacional en la 3ª. División para que preste el servicio de vigilancia en la línea férrea de Girardot al hospicio y en la Estación Agronómica situada en aquel lugar (Juntas).

Parágrafo

La Sección de Gendarmería de que trata el artículo anterior constará de un Jefe (Subteniente), dos gendarmes de primera clase y ocho de segunda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 741 de 1908