Micelio

Artículo 4

Decreto 1932 de 1999 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Estructura del Ministerio de Defensa Nacional. La estructura del Ministerio de Defensa Nacional será la siguiente

1.

Despacho del Ministro. 1.1 Oficina Comisionado Nacional para la Policía Nacional.

2.

Despacho del Viceministro de Defensa Nacional. 2. l Oficina de Planeación. 2.2 Dirección de Comunicación Corporativa. 2.3 Dirección de Derechos Humanos y Asuntos Internacionales. 2.4 Dirección de Finanzas. 2.5 Oficina de Control Interno.

3.

Secretaría General. 3.1 Dirección Administrativa. 3.2 Oficina Jurídica. 3.3 Dirección de Relaciones Intersectoriales. 3.4 Obispado Castrense. 3.5 Oficina de Informática.

4.

Dirección para la Coordinación de Entidades Descentralizadas.

5.

Fuerzas Militares. 5.1 El Comando General. 5.1.1 Dirección General de Sanidad Militar. 5.2 El Ejército. 5.3 La Armada Nacional. 5.3.1 Dirección Marítima, Dimar. 5.4 La Fuerza Aérea.

6.

Policía Nacional.

7.

Justicia Penal Militar.

8.

Federación Colombiana Deportiva Militar.

9.

Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares.

10.

Organismos Asesores. 10.1 Consejo Superior de Defensa y Seguridad Nacional. 10.2 Juntas Asesoras de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional. 10.3 Consejo de Salud Superior de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. 10.4 Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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