Artículo décimo. Las Juntas Administradoras de Deportes tendrán un Presidente y un Vicepresidente elegidos de su seno para períodos de un (1) año, quienes podrán ser reelegidos indefinidamente. Actuará como Secretario de la Junta el Director Ejecutivo.
Decreto 2343 de 1970 →Vigente
Artículo 10
Decreto 2343 de 1970 · por el cual se dictan normas para la organización y el funcionamiento de las Juntas Administradoras de Deportes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.