La División de Revisión de Proyectos tendrá las siguientes funciones: 18.1 Hacer la evaluación de los proyectos y estudios que estén en el programa de licitaciones para verificar que los datos básicos del proyecto han sido completos y acordes con las normas y especificaciones tanto para la clase de proyecto de que se trate como para los trabajos allí previstos. 18.2 Revisar los estudios técnicos, los costos y la factibilidad total o parcial de ejecución del proyecto a fin de verificar que tienen la información suficiente para poder abrir las licitaciones. 18.3 Revisar los proyectos, especialmente los elaborados por los consultores, para verificar si están de acuerdo con las normas y especificaciones del Ministerio, y aconsejar su aprobación o rechazo. 18.4 Coordinar los proyectos que se adelantan directamente por la Subdirección de Proyectos. Capítulo III. De la Subdirección de Supervisión.
Decreto 1322 de 1983 →Vigente
Artículo 18
La División De Revisión De Proyectos Tendrá Las Siguientes Funciones: 18
Decreto 1322 de 1983 · Por el cual se determinan las funciones de las divisiones y secciones pertenecientes a cada una de las oficinas, direcciones y subdirecciones del Ministerio de Obras Públicas y Transporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.