Micelio

Artículo 12

Decreto 950 de 1976 · Por el cual se reglamenta la Ley 9ª de 1942 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En las licencias o permisos que autoricen el funcionamiento de salas de exhibición cinematográfica se hará constar la obligación de presentar producciones cinematográficas colombianas de largo metraje durante los lapsos establecidos para cada año, lo mismo que la sanción por el incumplimiento de esta obligación. De acuerdo con el artículo 214 del Código Nacional de Policía y con el Decreto 2055 de 1970, la sanción a que se refiere este artículo será impuesta por el alcalde del lugar donde funcione la sala, previo concepto favorable del Ministerio de Comunicaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 950 de 1976