Micelio

Artículo 16

Oficina De Gestión Regional

Decreto 2559 de 2015 · por el cual se fusiona la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema (Anspe) y la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial (UACT) en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social y se modifica su estructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Gestión Regional. Son funciones de la Oficina de Gestión Regional las siguientes

1.

Definir y facilitar estrategias para la ejecución de las funciones del Departamento en el territorio de acuerdo con los lineamientos del Director del Departamento y teniendo en cuenta los planes, programas y proyectos a cargo de la Subdirección General para la Superación de la Pobreza.

2.

Realizar el seguimiento y monitoreo del adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a las Direcciones Regionales.

3.

Promover, junto con la Oficina Asesora de Planeación, la participación de las Direcciones Regionales en los procesos de planeación, operación y seguimiento de las intervenciones del Departamento en las regiones.

4.

Coordinar con otras dependencias del Departamento y entidades adscritas y vinculadas, las actuaciones que sean necesarias para realizar una intervención territorial integral y articulada.

5.

Informar y orientar a las Direcciones Regionales sobre las políticas definidas por el Director del Departamento Administrativo para el cumplimiento del objeto del Departamento y del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación en el territorio.

6.

Apoyar a la Subdirección General para la Superación de la Pobreza en el diseño y ejecución de las estrategias de articulación interinstitucional con actores públicos del nivel territorial para garantizar la normal ejecución de intervenciones sobre la población beneficiaria del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

7.

Definir los lineamientos e instrumentos de seguimiento para la participación de las Direcciones Regionales en las diferentes instancias de participación y coordinación operativa del nivel territorial.

8.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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