Micelio

Artículo 38

Son Obligaciones De Empresas Suministradoras De Equipo: A) Poseer Adecuadas Instalaciones Para El Desarrollo De Sus Funciones; B) Obtener Y Revalidar La Tarjeta De Operación Y Tener Al Día La Tarjeta De Control De Mantenimiento De Los Vehículos Incorporados A La Empresa; C) Llevar Un Registro Del Personal De Conductores De Los Vehículos Que Asocie; D) Mantener A Disposición Del Instituto Nacional Del Transporte Y Demás Autoridades Competentes Un Registro De Propietarios, Conductores Vinculados Y Oficinas; E) Las Demás Que Por Su Naturaleza Le Asigne La Ley O Sus Reglamentos

Decreto 2330 de 1986 · Por el cual se adopta el estatuto del transporte terrestre público automotor de carga

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son obligaciones de empresas suministradoras de equipo

a)

Poseer adecuadas instalaciones para el desarrollo de sus funciones;

b)

Obtener y revalidar la tarjeta de operación y tener al día la tarjeta de control de mantenimiento de los vehículos incorporados a la empresa;

c)

Llevar un registro del personal de conductores de los vehículos que asocie;

d)

Mantener a disposición del Instituto Nacional del Transporte y demás autoridades competentes un registro de propietarios, conductores vinculados y oficinas;

e)

Las demás que por su naturaleza le asigne la ley o sus reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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