º . Funciones de la Dirección Administrativa . Corresponde a la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el ejercicio de las siguientes funciones
Dirigir la actividad administrativa de las diferentes dependencias del Ministerio, su planeación, ejecución y control de gestión y resultados, proporcionándoles una adecuada orientación técnica que garantice la continuidad en la prestación de los servicios y la ejecución de los programas.
Coordinar las actividades jurídicas que desde el punto de vista administrativo requiera el Ministerio para su funcionamiento.
Definir las políticas sobre procesos contractuales y, la administración del recurso humano, financiero, físico y de bienes y servicios del Ministerio.
Formular el plan estratégico de la Dirección Administrativa, efectuar el seguimiento, establecer el plan de acción para su ejecución y evaluar los resultados mediante la utilización de los instrumentos de medición respectivos.
Planear, administrar, coordinar y hacer seguimiento a los procesos contractuales y a los relacionados con el recurso humano, financiero, físico y de bienes y servicios del Ministerio, garantizando su adecuado funcionamiento.
Coordinar el trámite de las sentencias, conciliaciones y laudos arbitrales a cargo de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Coordinar con la Oficina de Planeación la elaboración de los proyectos de presupuesto e inversión de la Dirección Administrativa y presentarlos a la Secretaría General, acompañados de su explicación y de la justificación detallada de cada una de las apropiaciones.
Coordinar la preparación de los diferentes informes exigidos por ley, solicitados por los organismos de control y en general todos aquellos que le sean requeridos a las Subdirecciones de conformidad con la naturaleza de sus funciones.
Velar porque se ejerza el control interno sobre cada una de las funciones de la Dirección Administrativa.
Realizar las demás que le sean asignadas por el Ministro, Viceministros y Secretario General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y por las disposiciones legales vigentes.