° . El presente decreto deberá entenderse incorporado a la Ley 318 de 1996, y rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Publíque se y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 30 de mayo de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia encargado de las funciones del Despacho del Ministro del Interior, Juan Carlos Posada. La Ministra de Relaciones Exteriores, María Emma Mejía Vélez. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.
Decreto 1483 de 1997 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1483 de 1997 · por el cual se corrige un yerro en el texto de Ley 318 del 20 de septiembre de 1996.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.