Micelio

Artículo 48

Requisitos Para Continuar Comisión De Estudios El Oficial O Suboficial Destinado En Comisión De Estudios A Universidades, Escuelas O Institutos Superiores, Tendrán La Obligación De Presentar Al Término De Cada Período Lectivo Reglamentario El Certificado De Estudios Con Base En El Cual La Dirección General De La Policía Nacional Determinará Si Es O No Procedente La Continuación De La Comisión

Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos para continuar comisión de estudios El oficial o suboficial destinado en comisión de estudios a universidades, escuelas o institutos superiores, tendrán la obligación de presentar al término de cada período lectivo reglamentario el certificado de estudios con base en el cual la Dirección General de la Policía Nacional determinará si es o no procedente la continuación de la comisión. TITULO III De las primas traslados y comisiones CAPITULO I De las Primas

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2553 de 1975