º El Gobierno incorporará en el Presupuesto Nacional de 1965. los ingresos correspondientes y hará las apropiaciones de gastos a que dé lugar la aplicación de este Decreto, previo concepto favorable del Consejo de Ministros y revisión del Consejo de Estado.
Decreto 2323 de 1965 →Vigente
Artículo 5
El Gobierno Incorporará En El Presupuesto Nacional De 1965
Decreto 2323 de 1965 · Por el cual se establece un impuesto extraordinario y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.