Si la solicitud y la documentación aportada cumplen con las formalidades requeridas, el Ministerio de Minas y Energía, mediante resolución motivada, otorgará la licencia. Esta resolución se publicará dentro de los veinte (20) días siguientes a su expedición, a costa del interesado, en el DIARIO OFICIAL, o en su defecto, en un diario de circulación nacional y en uno local, si lo hubiere. El interesado retirará copia de la resolución para su publicación dentro de los diez (10) días siguientes a su ejecutoria y allegará los periódicos dentro del mes siguiente; en caso contrario, se archivará la solicitud.
Decreto 384 de 1985 →Vigente
Artículo 12
Decreto 384 de 1985 · Mediante el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967 y 20 de 1969 en relación con metales preciosos y se modifica el decreto 1275 de 1970
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.