ARTICULO 6o. Estructura . - Para desarrollar y cumplir sus funciones, la Superintendencia Nacional de Salud tendrá la siguiente estructura: Nivel Nacional
Despacho del Superintendente: 1.1 Oficina Jurídica. 1.1.1 División de Consultoría. 1.1.2 División de Asistencia Jurídica para las Superintendencias Delegadas. 1.2 Oficina de Control Interno. 1.3 Oficina de Planeación e Informática.
Secretaria General. 2.1 División Administrativa. 2.2 División de Recursos Humanos. 2.3 Comité de Licitaciones y Adquisiciones.
Superintendencia Delegada para los Servicios de Salud. 3.1 División para las Entidades Prestatarias de Servicios de Salud. 3.2 División de Entidades de Salud Prepagada. 3.3 División de Estudios y Programación de la Superintendencia Delegada para los Servicios de Salud.
Superintendencia Delegada Financiera 4.1 División de Estudios y Programación de la Superintendencia Delegada Financiera. 4.2 División de Inspección, Vigilancia y Control Financiero. Nivel Seccional
Superintendencias Delegadas Seccionales. Hasta diez (10) Superintendencias Delegadas Seccionales que contarán con las siguientes secciones: 5.1 Sección de Inspección, Vigilancia y Control de los Servicios de Salud. 5.2 Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Asuntos Administrativos y Financieros.
El Superintendente Nacional de Salud, previo concepto favorable del Ministro de Salud y luego de efectuada la evaluación de las necesidades del servicio, definirá la ubicación y jurisdicción de las Superintendencias Delegadas Seccionales.