Micelio

Artículo 28

Decreto 2365 de 2015 · por el cual se suprime el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), se ordena su liquidación y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sistemas de información . El Liquidador, dentro de los dos (2) meses siguientes a su posesión, transferirá a la Agencia Nacional de Tierras y a la Agencia de Desarrollo Rural los sistemas de información y herramientas tecnológicas afectos al servicio de estas, incluyendo las licencias o cesión de derechos de autor correspondientes, que se requieran para su administración y mantenimiento. Dichos sistemas y herramientas se transferirán a título gratuito, por Ministerio de la ley, a las entidades receptoras. La entrega física y transferencia de la administración de sistemas de información se establecerá en sendas actas que, para el efecto, suscriban el Liquidador del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) en Liquidación, y los representantes de las entidades receptoras, de acuerdo con los cronogramas establecidos por el Liquidador. Las actas contendrán, como mínimo, los elementos esenciales de identificación de los activos, las licencias a ellas asociados, la fecha para la transferencia de su administración y demás aspectos técnicos necesarios para su funcionamiento. Mientras se lleva a cabo la entrega de los sistemas de información, el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) en Liquidación, continuará con la administración de las herramientas tecnológicas y será responsable de su manejo y mantenimiento.

Parágrafo 1

El Sistema de Información RUPTA será trasladado, para efectos de su administración, a la Unidad Administrativa Especial para Gestión y Restitución de Tierras Despojadas. La transferencia se efectuará en los términos previstos en el presente artículo y mediante acta con el contenido arriba dispuesto.

Parágrafo 2

Entre la Agencia Nacional de Tierras, la Agencia de Desarrollo Rural y el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) en Liquidación se podrá disponer, mediante convenios interadministrativos, el uso compartido de plataformas o sistemas de información, así como del apoyo administrativo que se requiera para su funcionamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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