Micelio

Artículo 6

Subdirección Estratégica Y De Investigaciones

Decreto 2568 de 2003 · por el cual se modifica la estructura de la Dirección Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Subdirección Estratégica y de Investigaciones. Son funciones de la Subdirección Estratégica y de Investigaciones, las siguientes: 6.1 Adelantar para la Dirección Nacional de Estupefacientes y para el Consejo Nacional de Estupefacientes, estudios e investigaciones relacionados con el problema mundial de drogas ilícitas en sus diferentes manifestaciones. 6.2 Desarrollar estrategias eficaces de seguimiento técnico al problema mundial de drogas ilícitas. 6.3 Establecer contacto permanente con las entidades ejecutoras de la política de drogas con el fin de mantener actualizado el Observatorio de Drogas de Colombia. 6.4 Investigar sobre la dinámica del uso de sustancias químicas utilizadas en la producción de drogas ilícitas. 6.5 Analizar rutas y medios de transporte marítimos, aéreos y terrestres con el fin de identificar las posibles vías para el tráfico de estupefacientes. 6.6 Preparar desde lo técnico, la participación de la Dirección Nacional de Estupefacientes en los diferentes foros internacionales. 6.7 Las demás que le sean asignadas y correspondan con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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