Las juntas de los hospitales o entidades que sean vinculadas al sistema cumplirán las funciones que señalen sus estatutos y las que establece el artículo anterior.
Decreto 350 de 1975 →Vigente
Artículo 27
Las Juntas De Los Hospitales O Entidades Que Sean Vinculadas Al Sistema Cumplirán Las Funciones Que Señalen Sus Estatutos Y Las Que Establece El Artículo Anterior
Decreto 350 de 1975 · Por el cual se determina la organización y funcionamiento de los servicios seccionales de salud y de las unidades regionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.