Los cargos de decanos en las Facultades de Economía autorizados, solamente podrán ser desempeñados por economistas matriculados. Igualmente, las cátedras básicas de Economía en los programas académicos autorizados por el Gobierno Nacional, solamente podrán ser dictadas por economistas matriculados.
Ley 37 de 1990 →Vigente
Artículo 7
Ley 37 de 1990 · por medio de la cual se modifica la Ley 41 de 1969.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.