Micelio

Artículo 1

Decreto 1795 de 1937 · Por el cual se aprueba el número 166 de 1937, del Intendente Nacional del Meta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Apruébase el siguiente Decreto: "DECRETO NUMERO 166 DE 1937 (agosto 23) por el cual se organiza un internado agrícola, con carácter de escuela complementaria, en la Intendencia del Meta y se destinan los fondos para su sostenimiento. El Intendente Nacional del Meta, en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO Que es el deseo del Gobierno Nacional establecer en la Intendencia un internado agrícola, para 1a formación de expertos en su manejo de haciendas y cultivos propios de la región; Que para corresponder a esa finalidad, los Ministerios de Educación, de Agricultura y la intendencia, han destinado sumas para la organización y sostenimiento del plantel; Que es oportuno cumplir con un deber de justicia, honrando la memoria de uno de los colombianos que más empuje dio a la región con sus esfuerzos y energías, como lo fue el señor doctor don Emiliano Restrepo, DECRETA: CAPITULO I. Creación y finalidades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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