Articulo 41. Titulos: Los títulos se expedirán en serie numerada continuaran empezando por la unidad, llevarán la leyenda eme con sujeción a los mandatos legales determina la Junta Directiva y estarán autorizados con las firmas del Gerente y del Secretarlo. A cada accionista se expedirá un título colectivo a menos que prefiera títulos unitarios o parcialmente colectivos. Cuando las aciones qjue se emitan vean pasadas por instab mentes, se expedirá a cada suscripto un título provisional por las que le correspondan, que.erá reemplazado por vno definitivo cuando la suscripción esté totalmente pagada.
Decreto 591 de 1977 →Vigente
Artículo 41
Titulos: Los Títulos Se Expedirán En Serie Numerada Continuaran Empezando Por La Unidad, Llevarán La Leyenda Eme Con Sujeción A Los Mandatos Legales Determina La Junta Directiva Y Estarán Autorizados Con Las Firmas Del Gerente Y Del Secretarlo
Decreto 591 de 1977 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, S. A.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.