º . El aumento del patrimonio ocasionado por la utilización del beneficio de la amnistía, podrá estar representado en 31 de diciembre de 1982, por uno o varios de los siguientes bienes poseídos en Colombia
Inmuebles.
Acciones o derechos en sociedades colombianas de cualquier naturaleza.
Depósitos en las instituciones financieras de que trata el artículo 24 del Decreto Legislativo número 2920 de 1982.
Bonos y títulos emitidos por entidades públicas.
Créditos activos a cargo de personas naturales o jurídicas que consten en documentos debidamente legalizados. Cuando se trate de documentos en que consten créditos a cargo de personas jurídicas no sometidas a la vigilancia del Estado, dichos documentos deberán ser de fecha cierta.
Vehículos u otros activos fijos materiales y semovientes.