° . Para efecto de los recursos de casación y revisión que se surtan en los procesos de competencia de la Justicia penal Militar, el Ministro Publico estará representado por el Inspector General de las Fuerzas Militares, quien podrá delegar esas funciones en un Auditor de Guerra, o en cualquier Oficial de las Fuerzas Militares.
Decreto 1355 de 1953 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1355 de 1953 · Por el cual se dictan normas procedimentales sobre Justicia Penal Militar, se establecen unas sanciones y se modifica el territorio jurisdiccional de la Primera Brigada
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.