Micelio

Artículo 4

Ley 31 de 1924 · por la cual se fomenta la navegación aérea y se conceden varios auxilios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Concédanse igualmente los siguientes auxilios:

Cinco mil pesos ($5.000) por una sola vez, a la Compañía Santandereana de Aviación Cosada) y diez mil pesos ($10.000), también por una sola vez, en las líneas aéreas del Cauca (Liadca).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 31 de 1924