Subsidio de alimentación . El subsidio de alimentación para los servidores de que trata el presente decreto que perciben una asignación básica mensual no superior a dos millones doscientos sesenta y ocho mil seiscientos sesenta pesos ($2.268.660) moneda corriente, será de ochenta y cuatro mil ciento setenta y tres pesos ($84.173) moneda corriente . mensuales, pagaderos por la entidad correspondiente. No se tendrá derecho a este subsidio durante el tiempo que el empleado disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio del cargo o cuando la entidad suministre la alimentación.
Decreto 893 de 2023 →Vigente
Artículo 20
Subsidio De Alimentación
Decreto 893 de 2023 · Por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.