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Artículo 5

El Reajuste En El Costo De Los Activos Fijos Muebles E Inmuebles, Autorizado En El Parágrafo Del Artículo 1° De La Ley 20 De 1979, Se Calculará Con Base En El Costo De Tales Bienes En El Último Día Del Año O Periodo Gravable Inmediatamente Anterior, Incluyendo Los Reajustes Realizados Hasta Esa Fecha, O Con Base En El Costo De Adquisición Si Fueron Adquiridos Durante El Año

Decreto 2595 de 1979 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 20 de 1979 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El reajuste en el costo de los activos fijos muebles e inmuebles, autorizado en el

Parágrafo

del artículo 1° de la Ley 20 de 1979, se calculará con base en el costo de tales bienes en el último día del año o periodo gravable inmediatamente anterior, incluyendo los reajustes realizados hasta esa fecha, o con base en el costo de adquisición si fueron adquiridos durante el año. El costo de los bienes adquiridos o enajenados durante el año podrá reajustarse proporcionalmente al tiempo de su posesión. El reajuste proporcional se aplicará en función el número de meses o fracción de mes que duró la posesión. Al costo así determinado, se agregará el valor de las adiciones, mejoras, contribuciones por valorización y reparaciones locativas no deducibles, efectuadas en el año. De la suma anterior se restarán las depreciaciones u otras disminuciones fiscales correspondientes al respectivo año o periodo gravable, calculadas sobre el costo histórico. El resultado constituye el costo fiscal en el último día del año o periodo gravable. La utilidad que resulte al momento de la enajenación de los bienes que hubiere hecho parte activo fijo por dos o más años, deberá imputarse, en primer término a la renta líquida por recuperación de deducciones; el saldo si lo hubiere, constituye ganancia ocasional.

Parágrafo

Cuando la declaración de renta se refiere a fracciones de año, el reajuste de que trata este artículo se calculará proporcionalmente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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