Micelio

Artículo 36

Ley 31 de 1925 · LEY 31 DE 1925, 28/02/1925, Sobre protección a la propiedad industrial y por la cual se dicta una disposición sobre impuesto sobre la renta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si la solicitud estuviere de acuerdo con el Artículo anterior, el Ministerio respectivo ordenara que esta y el correspondiente clise se publiquen en el Diario Oficial, por tres (3) veces, y pasados treinta (30) días contados desde el siguiente al de la última publicación y siempre que no hubiere mediado reclamación legal en contra del registro, resolverá que se verifique este en el libro correspondiente.

Si pasados cuatro (4) meses después de la última publicación en el Diario Oficial, el interesado no se presenta a llenar las demás formalidades, para obtener el registro, se procederá de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3º del artículo 15.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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