º. Las propuestas quedan sujetas a las siguientes formalidades
Se harán en papel sellado, expresando en el texto de ellas el nombre del proponente, el número y la clase de los documentos que se ofrecen y acompañan, su valor total, el porcientaje del precio de la oferta; y llevarán además la firma del proponente. El precio, la cantidad, el número y el valor de los documentos se indicarán precisamente en letras y números, y si hubiere alguna enmendadura deberá aparecer claramente salvada, para evitar dudas. Sobre la cubierta del pliego cerrado de la propuesta se pondrá únicamente esta nota: "Propuesta de N. N." (nombre y apellido, o los del Gerente o representante de la entidad proponente). Los documentos que se ofrezcan podrán presentarse por separado de la propuesta, pero en paquete cerrado, indicando sobre su cubierta solamente esto: "Documentos de la propuesta de N. N." (nombre y apellido, o los del Gerente o representante de la entidad proponente). El paquete contendrá una relación en papel común, en la cual debe expresarse el número y la clase de los documentos, los números de éstos en orden ascendente, el valor nominal de cada uno y el valor total de todos. La relación llevará la firma entera del proponente. Se verificará el contenido del paquete sólo en el caso de que la propuesta correspondiente haya sido aceptada; de nó, el paquete se devolverá al interesado, bajo recibo, tál como lo presento. Podrá también el proponente depositar los documentos de su oferta en la Tesorería General, previo recibo de ésta. El Ministro del Tesoro podrá aceptar, en determinados casos, el depósito en cualquiera oficina de Hacienda Nacional, de documentos ofrecidos en remate, con el respectivo aviso oficial.
Las propuestas se recibirán en la Oficina de Crédito Público, y se guardarán en un arca triclave hasta que llegue la hora del día fijado para el acto del remate. El Ministro o el Secretario manejará una de las llaves del arca, otra el Tesorero General y la restante el Jefe de la Sección;
No se recibirá abierta ninguna propuesta, ni en ninguna forma después de las doce del día en que deba verificarse el remate. Para este efecto se entiende que han llegado las doce del día en el momento en que el reloj de la Catedral haga oír tal hora;
Al recibir una propuesta se pondrá sobre su cubierta el número de orden que le corresponda, y se dará al interesado, si lo solicitare, recibo con indicación de dicho número de orden.