Micelio

Artículo 5

Decreto 82 de 1982 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 62 de 1981 emanado del Consejo Superior de la Universidad del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo 42 de 1981 y para su validez requiere la aprobación por decreto del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase. Expedido en Popayán, en el Salón del Consejo Superior de la Universidad del Cauca, a los tres (3) días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981). El Presidente, Daniel Solarte Hurtado. El Secretario General, Rocio del Pilar Penagos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 82 de 1982