Micelio

Artículo 40

Actos Entre Particulares O Entre Entidades No Exentas Y Límite De La Remuneración Notarial

Decreto 188 de 2013 · por el cual se fijan los derechos por concepto del ejercicio de la función notarial y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Actos entre particulares o entre entidades no exentas y límite de la remuneración notarial . De los derechos notariales que se causen en los actos o contratos entre particulares o entre entidades no exentas, el notario solo podrá percibir como remuneración por sus servicios hasta veintidós millones cuatrocientos setenta y cuatro mil trescientos pesos ($22.474.300,00). El excedente constituye aporte especial del Gobierno al fondo o sistema especial de manejo de cuentas administrado por la Superintendencia de Notariado y Registro y se remitirá a este dentro de los cinco (5) días siguientes a aquel en que lo perciba del usuario. CAPÍTULO IX Actuaciones notariales en el registro del estado civil de las personas. Cambio de nombre. Correcciones. Expedición copias y certificados. Actuaciones fuera de la notaría

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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