Actualización de porcentajes. El Consejo Nacional de Estupefacientes podrá evaluar periódicamente, a instancia del Ministerio de Justicia y del Derecho, el comportamiento de las ventas de los bienes y el recibo directo de sumas de dinero, cuyo derecho de dominio haya sido extinguido a favor del Estado a través del FRISCO, con el fin de que el Gobierno Nacional ajuste el porcentaje de los recursos cuya transferencia se establece en el presente capítulo.
(Decreto 1366 de 2013 artículo 2°)