Asignaciones básicas. A partir del 1º de enero de 2026, la asignación básica mensual de los empleos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses quedará así:
GRADO
ASIGNACIÓN BÁSICA
GRADO
ASIGNACIÓN BÁSICA
GRADO
ASIGNACIÓN BÁSICA
1
2.298.948
10
6.805.492
19
11.583.076
2
2.474.728
11
7.195.028
20
12.144.469
3
2.635.129
12
7.951.195
21
12.786.065
4
3.230.893
13
8.409.476
22
13.290.172
5
4.147.457
14
8.844.843
23
13.748.454
6
5.018.189
15
9.532.266
24
14.321.307
7
5.430.646
16
9.853.066
25
14.779.591
8
6.072.237
17
10.540.482
26
16.027.904
9
6.702.378
18
10.884.194
27
16.911.633
Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.
Los servidores del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses vinculados en los empleos de Asistente Forense, Asistente y Conductor que por efecto de ajuste de la planta de personal del Instituto cambiaron de empleo a 31 de julio de 2013, y a los cuales por efecto de la tabla de equivalencias y la escala de remuneración señaladas en el Decreto número 1975 de 2013 correspondía una asignación básica inferior a la que a dicha fecha venían percibiendo, continuarán percibiendo la asignación básica superior, mientras permanezcan en el nuevo empleo de acuerdo con la escala salarial establecida en el presente artículo. La diferencia de la asignación básica mensual se continuará reconociendo a título de prima individual de compensación, de carácter personal y la percibirá mientras permanezca en dicho empleo. La prima individual de compensación constituye factor salarial para todos los efectos.