°. Los Planes de Ordenamiento Territorial, y las normas resultantes del mismo, así como los Planes Parciales deberán utilizar para la definición de las características de la ocupación del territorio y el cálculo de los aprovechamientos urbanísticos las nociones de índice de ocupación, índice de construcción y densidad habitacional, entre otros. CAPITULO SEGUNDO Contenido de los planes parciales
Decreto 1507 de 1998 →Vigente
Artículo 7
Los Planes De Ordenamiento Territorial, Y Las Normas Resultantes Del Mismo, Así Como Los Planes Parciales Deberán Utilizar Para La Definición De Las Características De La Ocupación Del Territorio Y El Cálculo De Los Aprovechamientos Urbanísticos Las Nociones De Índice De Ocupación, Índice De Construcción Y Densidad Habitacional, Entre Otros
Decreto 1507 de 1998 · por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a planes parciales y a unidades de actuación urbanística contenidas en la Ley 388 de 1997.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.