°. A partir del 1° de enero de 2007, la remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de representación venían percibiendo a 31 de diciembre de 2006 los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta, directas e indirectas, del orden nacional sometidas al régimen de dichas empresas, será incrementada de conformidad con los incrementos de la siguiente tabla: Remuneración mensual año 2006 % de incremento Hasta 408.662 6.2990 De 408.463 hasta 420.100 6.00 Desde 420.101 en adelante 4.50 Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se ajustarán al peso siguiente.
Artículo 1
A Partir Del 1° De Enero De 2007, La Remuneración Mensual Que Por Concepto De Asignación Básica Y Gastos De Representación Venían Percibiendo A 31 De Diciembre De 2006 Los Empleados Públicos Pertenecientes A Las Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Y A Las Sociedades De Economía Mixta, Directas E Indirectas, Del Orden Nacional Sometidas Al Régimen De Dichas Empresas, Será Incrementada De Conformidad Con Los Incrementos De La Siguiente Tabla: Remuneración Mensual Año 2006 % De Incremento Hasta 408
Decreto 601 de 2007 · por el cual se fija la remuneración de los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta directas e indirectas del orden nacional sometidas al régimen de dichas empresas y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.