Condiciones para la suscripción de las acciones de la segunda emisión . Con el propósito de maximizar los ingresos producto de la suscripción de las acciones y del Precio de enajenación de los activos, derechos y contratos de Ecogás y con miras a la salvaguarda del patrimonio del Estado, en el Programa de Fundación, se podrá condicionar la realización de la segunda emisión a la existencia de compromisos y garantías otorgados por los aceptantes de dicha emisión.
Decreto 1404 de 2005 →Vigente
Artículo 10
Decreto 1404 de 2005 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de la participación estatal representada en los activos, derechos y contratos de la Empresa Colombiana de Gas, Ecogás, relacionados con el transporte de gas natural, su operación y explotación, mediante la constitución por suscripción sucesiva de acciones de la sociedad Transportadora de Gas del Interior S. A. ESP, TGI S. A. ESP.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.