Micelio

Artículo 130

Gozarán De Franquicia Las Muestras Que Se Introduzcan Por Las Oficinas Postales, Siempre Que Llenen Los Requisitos Siguientes: 1º

Decreto 160 de 1923 · Por medio del cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del Exterior y se resumen las disposiciones legislativas que con ese servicio tienen relación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Gozarán de franquicia las muestras que se introduzcan por las Oficinas Postales, siempre que llenen los requisitos siguientes: 1º. Que las muestras de toda clase de mercancías sin valor comercial, se presenten en forma que impida su utilización en otros usos que no sean el exclusivo de gestionar pedidos. 2º Que las muestras de tejidos, de fieltros y papeles pintados, no excedan su longitud de cuarenta centímetros, contados desde la urdimbre de los tejidos, aunque tenga todo el ancho de las piezas, que se determinará así: En los tejidos, en los orillos, y en los fieltros y papeles pintados, por una franja estrecha que queda sin estampar, a lo largo de los cortes laterales. Las que no puedan darse a conocer sino en mayores dimensiones, se presentarán en la oficina inutilizadas por medio de cortes dados de veinte en veinte centímetros en el sentido de su ancho. 3º Que las muestras de hules no excedan en sus dimensiones por ambos lados de treinta centímetros. 4º Que los cables, hilos metálicos, listones y molduras de madera no excedan de ocho centímetros de longitud. 5º Que las alhajas y vajillas de cualquier metal vengan inutilizadas. 6º Las demás muestras de mercancías que no puedan utilizarse, y que por lo mismo sean susceptibles de ventas, pagarán los impuestos de aduana a su introducción. Sin embargo, tiene derecho el introductor, si las reexporta dentro de un año de manifestadas y reconocidas, a la devolución por la oficina de lo que hubiere satisfecho por derechos de importación, con la deducción del 25 por 100.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 160 de 1923