°. El Gobierno podrá asignar, cuando lo estime necesario y previo cumplimiento de las formalidades legales del caso, Prima Técnica a las personas que ocupen los cargos de: Secretario General; Jefe de las Oficinas de Planeación y Jurídica; Jefes de las Divisiones de Programación Sectorial, Comercio Exterior, Desarrollo Urbano y Turismo y Desarrollo Comercial; dos (2) Economistas IV-26 de la Oficina de Planeación; un (1) Ingeniero Industrial 111-26, un (1) Ingeniero Químico 11-26; un (1) Ingeniero Mecánico 11-24 y dos (2) Economistas IV-26 de la División de Programación Sectorial.
Artículo 2
El Gobierno Podrá Asignar, Cuando Lo Estime Necesario Y Previo Cumplimiento De Las Formalidades Legales Del Caso, Prima Técnica A Las Personas Que Ocupen Los Cargos De: Secretario General; Jefe De Las Oficinas De Planeación Y Jurídica; Jefes De Las Divisiones De Programación Sectorial, Comercio Exterior, Desarrollo Urbano Y Turismo Y Desarrollo Comercial; Dos (2) Economistas Iv-26 De La Oficina De Planeación; Un (1) Ingeniero Industrial 111-26, Un (1) Ingeniero Químico 11-26; Un (1) Ingeniero Mecánico 11-24 Y Dos (2) Economistas Iv-26 De La División De Programación Sectorial
Decreto 3067 de 1968 · por la cual se determina la Planta de Personal del Ministerio de Desarrollo Económico.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.