Micelio

Artículo 2

El Pago De Lo Que Se Debe O Cause A Deber Por Empréstitos Puede Hacerse, Mitad En Dinero Sonante I Mitad En Pagarés Del Tesoro, De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Decreto Ejecutivo Número 187, De Esta Misma Fecha, "en Ejecucion Del Inciso 1,° Artículo 1

Decreto 188 de 1877 · Sobre rescate de bienes que hayan sido adjudicados para el pago de empréstitos, i sobre el modo de efectuar dicho pago

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El pago de lo que se debe o cause a deber por empréstitos puede hacerse, mitad en dinero sonante i mitad en Pagarés del Tesoro, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto ejecutivo número 187, de esta misma fecha, "en ejecucion del inciso 1,° artículo 1.° de la lei 11 del presente año, que concede autorizaciones al Poder Ejecutivo."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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