º. Suprímase, asimismo, el derecho de cinco pesos ($5.00) por cada cabeza de ganado vacuno que se introduzca al territorio de la Comisaría de la Guajira, creado por el Decreto número 3 de 1950, de dicha Comisaría, y aprobado por medio de la Resolución número 222 de 1950, del Ministerio del Gobierno.
Decreto 990 de 1951 →Vigente
Artículo 2
Suprímase, Asimismo, El Derecho De Cinco Pesos ($5
Decreto 990 de 1951 · Por el cual se suprime el cobro de un impuesto y derecho sobre exportación de ganado vacuno
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.